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miércoles, 14 de noviembre de 2012

De hipotecas y navidades...

Se entiende por vivienda el lugar cerrado y cubierto construido para ser habitado por personas, de forma digna y adecuada, es decir que pueda usarse.

La Declaración Universal de Derechos Humanos estipula en su artículo 25 que: "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica..."

La Constitución Política de Colombia establece en su artículo 51 que: "Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda." Pero no lo trata como un derecho fundamental, toda vez que está consagrado en el Título II. De los Derechos, las Garantías y los Deberes. Capítulo II.  De los Derechos Sociales, Económicos y Culturales.

Por su parte, la Constitución Española, consagra en su artículo 47 que: "Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes público." Pero aquí si se consagra como derecho fundamental. Título I.  De los derechos y deberes fundamentales. Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos. Capítulo III.  De los principios rectores de la política social y económica.

Como se observa, el objetivo primordial del legislador es favorecer la integración social de todas las personas a través del uso de una vivienda por cualquier título (propiedad, alquiler, cesión, donación, herencia etc.) y modo (individual o compartido) con las garantías de calidad, higiene y salubridad necesarias en su entorno, y conforme a sus posibilidades económicas.

Pero OJO!!! Una cosa es tener derecho a una vivienda digna y otra muy distinta es que sobre esa vivienda se tenga un derecho de propiedad.

Cabe por tanto primero hacer la precisión entre hipoteca y crédito hipotecario:
La hipoteca es un derecho real que recae sobre un bien inmueble, que aunque permanezca en poder del deudor o de quien constituye la hipoteca, da derecho al acreedor para perseguir el bien hipotecado, en caso de que el deudor incumpla la obligación por la cual sirvió de garantía el bien hipotecado. La hipoteca se constituye precisamente para garantizar una obligación o deuda.
El crédito hipotecario es un préstamo bancario en el que una de las garantías es precisamente la hipoteca sobre un bien inmueble. Pero como en España les prestaban más dinero de lo que valía el bien inmueble, aquí vemos que surgen dos contratos, el contrato mediante el cual surge la obligación o deuda, y el contrato de la hipoteca, por lo que este último resulta ser un contrato accesorio del primero y por tal razón, como la deuda que respalda el crédito hipotecario con el bien inmueble sobrepasa su valor, no cabe la dación en pago, sino que en virtud de ese crédito bancario que lo denominaron "crédito hipotecario" le da el derecho al acreedor para que pueda perseguir los demás bienes del deudor aunque esos bienes no estén hipotecados, por tanto, el acreedor para conseguir el pago de lo debido, o el cumplimiento de lo contratado, podrá perseguir tanto los bienes hipotecados como los no hipotecados del deudor.

Al parecer en España en este aspecto como en otros muchos, confunden la pelota negra con la negra empelota, y por estar "legislando" cuando se producen hechos puntuales (ejemplo: suicidio de la concejala en País Vasco; homicidio de Marta del Castillo; o la desaparición de los niños Bretón) es que están como están.
Acuérdense de mí cuando vean en la tele que todas las familias beneficiadas con la moratoria de dos años en sus créditos hipotecarios serán los inmigrantes (por no decir que como casi siempre serán los primeros los provenientes de Marruecos) los que se harán acreedores a este beneficio, o peor aún, que ahora la gran mayoría de los deudores se quedarán como "ocupas" en sus viviendas hipotecadas y ahí si ni con agua caliente los sacarán...

Generalmente no abordo estos temas en mi blog pues no me gusta causar polémica y mucho menos sobre estos temas que son tan sensibles para el común, pero esta mañana que estaba escuchando por Internet la emisora de mi país como cada día, sonó su jingle navideño y me avinagró el genio al recordar que se acerca otra navidad lejos de mi bella villa y de los míos grrrrrr

7 comentarios:

Sergio dijo...

Pues estas muy puesta en estos temas. Lo de la Constitución es inútil. Me gustaría ver cómo denunciar a un Estado por incumplir tan claramente derechos básicos. Lo que dices de los inmigrantes no lo sabía y estaré atento. Pero... ¿Por qué? Es evidente que casos extremos deberían ser todos los que obligan a un pobre inocente sin trabajo y con cláusula abusiva a dejar su casa. Y es evidente también que no va a ser así, que el gobierno va tres kilómetros por detrás de las necesidades del pueblo(ahora funcionan a golpe de suicidios, qué horror). En fín, hoy ha sido un día reivindicativo dónde he confirmado mis peores temores sobre el pueblo sumiso. Así nos va. Besos concienciados.

Novicia Dalila dijo...

Parce, una cosa es lo bonito que se lee todo en los documentos oficiales, incluso en la "sagrada" constitución (me da igual el país), y otra muy distinta es que se cumpla su parte... A nosotros no nos queda otra que cumplir, porque si no, rápido nos aplican a rajatabla las leyes y nos funden, pero cuando los que incumplen son ellos... ahhhhhhhhhhhhhhhh, entonces ya se levanta más la mano.
Aquí es muy habitual que los que pueden disfrutar de subvenciones y ayudas sean los que no son de aquí, simple y llanamente porque, objetivamente, reúnen los primeros todos los requisitos..
Yo, por fortuna, hace años que acabé de pagar hipoteca, pero sí he solicitado becas de comedor y de libros durante varios años y jamás me han dado nada... Sólo ahora, los 3 últimos años, a la Pretty Borde le han concedido la beca de la matrícula de la universidad, y todavía no me lo creo...

Un beso muy fuerte, parcerita

p.s. ¡¡¡como me molas cuando te pones reivindicativa¡¡¡ :D

Gemma dijo...

Hay un punto que me gustaría incluír en esta historia...

Cuando se dieron créditos hipotecarios de mayor importe aumentando la tasación/valor del inmueble no pensaron que la misma garantía hoy sería tasada a la baja, muy por debajo del precio por el cual se constituyó hipoteca sobre la registral garantizada, la realidad del mercado, el techo del mercado ha hecho retroceder la fluidez de la economía y la rentabilidad sobre los bienes adquiridos. De manera que el banco jamás termina de percibir el capital prestado mas los intereses ordinarios de mora y costas. La devaluación es tan negativa para el acreedor como para el acreditado.

Hasta ahora han embargado muchas viviendas, y aunque la ley 0hipotecaria les otorga capacidad para que el acreditado responda con todos los bienes embargables incluída nómina, resulta en realidad que la mayoría de personas a las que se les embarga la vivienda antes ya les han embargado la nómina, la crudeza de la situación no es infinita pero para muchos les supone el fin, sin trabajo, sin casa, o con trabajo pero con la moratoria encima de sus cabezas como la espada de democles...la dación en pago no acaba de subsanar todos los errores de la primera tasación.

Los inmigrantes se beneficiarán y los que no los son también pero no olvidemos que esto sólo ampara impagos por el plazo de dos años, aunque no deja de ser un simple apósito colocado encima de una gangrena. No hay salida sino hay empleo. Hoy es 16 de noviembre de 2012, el 16 de noviembre de 2014, me cuentas qué pasó Parcerita :D

Gemma dijo...

Me olvidé...

La Navidad es un estado de ánimo, espero que nos pille de buenas :D

Un beso fuerte.

Annie dijo...

Sergio claro que se puede denunciar, pero no sirve para nada, sino que se lo digan a las víctimas del conflicto Palestino - Israelí...
En cuanto a porqué afirmo que los primeros beneficiados serán los inmigrantes ya lo aclara mi Parce cuando afirma: "Aquí es muy habitual que los que pueden disfrutar de subvenciones y ayudas sean los que no son de aquí, simple y llanamente porque, objetivamente, reúnen los primeros todos los requisitos..." Como ves, es fácil, porque están al loro y se las saben todas!!!

Besos cargados de energía positiva

Annie dijo...

Parce mas que reivindicativa es que a veces veo unas cosas aquí que me provoca decir como mi adosado: "No me calientes, no me calientes!!!" jajajajajajaja

Pero ya sabes que en mi escala de valores el respeto ocupa el primer lugar, así que no me permito derramarme en prosa según que cosas...

Un fuerte abrazo parcerita de mi alma y mi cariño por siempre

Annie dijo...

Gemma muchas gracias por tu aporte, tienes razón, eso es clave también, una cosa es la calificación del predio al momento de otorgar el crédito y otra al momento de hacer efectivo el mismo. Al valer menos, el acreedor se ve obligado a perseguir otros bienes del deudor para cubrir la deuda contraída y como bien dices tienen la espada de Democles pendiendo sobre sus cabezas todo el tiempo.

Espero que dentro de dos años pueda seguir contando con tus aportes, seguir leyéndote y en fin, seguir aprendiendo tantas cosas de ti. Me gustas mucho parcera.

Por lo pronto pienso pasar unas fiestas con actitud positiva, espero que no me las jodan...

Un beso y feliz día